1.- ¿Cuándo salió la gaceta sobre el aumento de salario mínimo?
La Gaceta Oficial que aumenta el salario mínimo es de fecha 09 de enero de 2020, Decreto 4.093, Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.502.
2.- ¿Desde cuándo entra en vigencia el aumento del salario mínimo?
Desde el 01 de enero de 2020, aunque las normas jurídicas no deberían ser retroactivas.
3.- ¿A cuánto subió el sueldo mínimo?
Subió a Bs. 250.000,00; el cestaticket subió a Bs. 200.000,00.
Es importante señalar que el cestaticket no genera prestaciones sociales, ni se toma en cuenta para calcular otros beneficios laborales como las utilidades, por lo que esta forma de aumentar no favorece en nada al trabajador, aunque pocos de ellos se dan cuenta, en mi opinión.
4.- ¿En qué porcentaje subió el mínimo?
El salario mínimo subió un 66,66% y el cestaticket un 33,33%.
5.- ¿Es correcto decir que el salario integral de los venezolanos es de Bs. 450.000?
Es completamente inapropiado porque según el artículo 122 de la LOTTT el salario integral es aquel con el que se calculan las prestaciones sociales.
El trabajador ahora devenga Bs. 300.000,00 con el cestaticket y según La Ley de Cestaticket Socialista para los Trabajadores y las Trabajadoras, y también según el artículo 105 de la LOTTT, el cestaticket no genera prestaciones sociales.
El salario normal está definido en el artículo 104 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, y el integral en el artículo 122.
Todos los que sacamos cuentas de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, y en general los que conocemos el Derecho Laboral, sabemos que el cetaticket no forma parte del salario, y que se denomina salario integral al normal, más la alícuota de bono vacacional y la alícuota de utilidades.
6.- ¿Cuándo se paga el salario y cuándo se paga el cestaticket?
El salario semanal o quincenalmente; y el cestaticket los primeros 5 días de cada mes, por mensualidad vencida.
7.- ¿Cuánto devenga a diario un trabajador venezolano que gane salario mínimo?
Según el artículo 1 del Decreto que aumentó el mínimo, el salario diario es Bs. 250.000 dividido entre 30, lo que nos da un total de Bs. 8.333,33 diarios.
A esos Bs. 8.333,33 diarios hay que sumarle Bs. 6.666,66 más de cestaticket.
8.- ¿Cuánto sería el salario en dólares?
Si el precio del dólar DICOM hoy es de Bs. 62.299 para la compra (Fuente), un trabajador venezolano gana al día sumando salario diario y cestaticket diario, MENOS de 0,25 dólar, de los cuales solo la mitad generan prestaciones sociales.
El sueldo mínimo más el cestaticket por 30 días, es aproximadamente de 7,22 dólares MENSUALES, a dólar oficial, en enero de 2020.
Ahora bien, un trabajador en Chile devenga mensualmente aproximadamente $ 458. (Información tomada de AQUÍ)
Siguiendo con estas informaciones, el salario mínimo en EEUU, varía según los estados y se establece por hora trabajada, no por mes, ni por día. En Florida (Miami) el salario mínimo, POR HORA es de $ 8,75.
Para continuar señalaremos que en Colombia lo mínimo que puede ganar un trabajador al mes es aproximadamente $237. (Información tomada de AQUÍ)
Y para concluir estás breves comparaciones, pueden ver este vídeo que explica para que alcanza el mínimo diario en México, ellos dicen que alcanza para poco, pero con Bs. 15.000, que es nuestro mínimo diario incluyendo cestaticket, ¿ se come todo eso en Venezuela?. En Venezuela con los Bs. 15.000 diarios no nos comemos ni una empanada.
Además si usted quiere saber cuánto es el salario mínimo en España; o si usted es uno de esos miles de Venezolanos que ahora viven en España, pueden contactar con toda confianza al abogado laboralista dueño de la página que se les abrirá haciendo click AQUÍ , y que ejerce el Derecho Laboral en España, Mallorca.
9.- ¿Para qué debería alcanzar legalmente el salario mínimo según la LOTTT?
Artículo 98 LOTTT: “Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectuales…”
Y hay más:
Artículo 111 LOTTT: “El salario debe ser suficiente para satisfacer las necesidades materiales morales e intelectuales del trabajador o trabajadora y de su familia. Se aumentará en correspondencia a la justa distribución de la riqueza. Los aumentos y ajustes que se hagan serán preferentemente objeto de acuerdos.
El Ejecutivo Nacional podrá decretar los aumentos de salario y medidas que estime necesarias, para proteger el poder adquisitivo de los trabajadores y las trabajadoras. A tal fin realizará amplias consultas y conocerá las opiniones de las distintas organizaciones sociales e instituciones en materia socioeconómica…” (Negritas de quien suscribe)
10.- ¿Qué dice sobre este tema la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela?
Articulo 91 CRBV: “Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales … El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica …”
Según el CENDA la canasta básica está en Bs. 3.724.390,25 mensuales, que serían más de $ 177,13. (Información tomada de AQUÍ)
11.- ¿Cuánto pagará el patrono por IVSS y cuánto le descontará al trabajador?
La empresa paga según lo riesgosa que sea, el 11% por riesgo mínimo, el 12% por riesgo medio y el 13% por riesgo alto.
Por ejemplo, para un riesgo medio serían Bs. 30.000 por cada trabajador con un salario de Bs. 250.000.
Si da bonos, y como esos bonos casi siempre son salario de conformidad con el artículo 104 de la LOTTT, ese porcentaje debería calcularse sobre el salario mínimo o base, más los bonos.
Al trabajador el patrono para el IVSS debe descontarle el 4% de su salario, si gana Bs. 250.000 serian Bs. 10.000 el descuento, pero si gana más, pues el descuento será mayor.
12.- ¿Cuánto pagará la empresa por Ley de Régimen Prestacional de Empleos (LRPE) y cuanto le descontará al trabajador?
El empleador paga el 2% del salario y le descuenta al trabajador el 0,50% del salario.
Con un salario de Bs. 250.000 la empresa paga Bs. 5.000,00 y le descuenta al trabajador Bs. 1.250,00, esto en caso de no haber un bono que se considere salario.
13.- ¿Cuánto pagará el patrono por FAOV (política habitacional) y cuanto le descontará al trabajador?
El empleador paga el 2% del sueldo y le descuenta al trabajador el 1% .
Con un salario de Bs. 250.000 la empresa paga Bs. 5.000 y le descuenta al trabajador Bs. 2.500, esto en caso de no haber un bono que se considere salario.
14.- Si el patrono o empresa pagaba Bs. 150.000 de salario mínimo y Bs. 400.000 de bono especial ¿Está obligado a aumentar?
La mayoría de los bonos que están pagando las empresas forman parte del salario de conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la LOTTT, norma ésta que define este concepto.
Al ser estos bonos parte del salario inciden en las prestaciones sociales, en las vacaciones y en todos los demás conceptos laborales.
En consecuencia si se pagan Bs. 400.000 de bono y Bs. 150.000 de mínimo, ese trabajador tiene un sueldo de Bs. 550.000, que es mayor que el mínimo que se acaba de subir a Bs. 250.000, en consecuencia no es obligatorio para la empresa aumentar.
Podría constituir una buena estrategia el colocar como sueldo Bs. 440.000 sin colocar ningún bono, o colocar el bono en Bs. 300.000 y el mínimo en Bs. 250.000.
15.- ¿Debe la empresa suministrar recibo de pago a los trabajadores?
Si, es obligatorio según el artículo 106 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores.
Por lo costoso del papel algunas empresas lo envían al e mail de cada trabajador, para que ello fuera valido deben apoyarse en la Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas.
A efectos de la prueba en un juicio, de cuestiones como si se pagaron feriados trabajados o si no fueron laborados, es mucho mejor el recibo impreso y firmado por el trabajador.
Si se va a optar por el enviado por e mail, deje prueba física en relación a que el trabajador declara haberlo recibido.
Para ver un modelo de recibo de salario detallado, haga click AQUÍ
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